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Asociación de Investigadores/as AfroLatinoamericanos/as y del Caribe
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BITÁCORA  AFRODIASPÓRICA Transitando los temas de la diáspora africana en América Latina y el Caribe.

Luis Oswaldo Martelo Ortiz

Luis Oswaldo Martelo Ortiz es Afrocolombiano, magister en educación con especialización en entornos virtuales de aprendizaje. Completó de la Especialización en Estudios Afrolatinoamericanos y Caribeños (CLACSO). Es miembro de AINALC.


Francia Márquez: ¿Vicepresidenta para el pacífico colombiano?
Luis Oswaldo Martelo Ortiz

     El pasado 9 de septiembre 2022, la presidencia nacional de Colombia presentó el Decreto 1874, por el cual se le confían a la vicepresidenta de la república, Francia Márquez Mina, una seria de misiones o encargos durante su mandato. Este decreto toma como referentes artículos de la Constitución Política de 1991, tales como el artículo 202 “Funciones de la vicepresidenta”, el 13 “Todas las personas naces libres e iguales” y el 22 “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”. También toma apartados de la ley 70 de 1993, del acuerdo de paz firmado el 24 de noviembre del 2016; de varios acuerdos alcanzados en momentos coyunturales como el paro cívico de Buenaventura, y la sentencia T-025 y el plan nacional de desarrollo y el fondo para el desarrollo del plan “Todos somos PAZcífico”. En particular, los últimos están muy enfocados en la región pacífica colombiana, una de las regiones más empobrecidas del país, en la que están mayoritariamente ubicadas las comunidades negras e indígenas de Colombia. Nos preguntamos entonces si esta decisión presidencial puede jugarle a la vicepresidenta a favor o en contra/ a la vicepresidenta.

¿Focalizando su servicio o reduciendo el alcance de su liderazgo?.

     Inicialmente, podría leerse como una medida negativa, ya que puede llegar a verse por los medios de comunicación y la gran masa desinformada política y socialmente del país, como una decisión desafortunada de gobierno, en la que buscan limitar su trabajo y fortalecer la idea de que la vicepresidenta Francia es solo accesorio de campaña y de gobierno. Sin embargo, otro público, posiblemente con mayor criterio y lectura del contexto, podría asumir esta designación como un encargo específico que pueda, por fin, darle un rumbo cierto a la labor de la vicepresidencia, concentrando sus funciones en un grupo de poblaciones históricamente excluidas como los grupos étnicos, las mujeres, los campesinos y los grupos LGTBQ+, en una región determinada del país. Personalmente, me sumo a esta segunda perspectiva, pues considero que la vicepresidente decididamente le ha propuesto al gobierno y a toda la nación, la creación de un escenario de igualdad y justicia para un conjunto de poblaciones que requieren este entramado de políticas públicas con enfoque diferencial. Las mismas estarían encaminadas a brindar las condiciones para superar las problemáticas que les afectan, a través de acciones afirmativas concretas, bien planteadas y lideradas por una persona que vive y representa a ese segmento de la población nacional. Si bien es cierto que el decreto pone su foco en el pacífico, y la gente podría quejarse y decir que la vicepresidenta debería gobernar para el país, y no para una sola región, lo cierto es que todo lo que ella pueda realizar en ese territorio, puede podría llegar a convertirse en una experiencia ejemplificante capaz de abrir puertas para su aplicación en el resto del país.

     Finalmente, y después de revisar el decreto, puedo concluir que la apuesta de Francia no es solo por la región pacifica, sino por las poblaciones históricamente empobrecidas, discriminadas y excluidas, es decir para aquellos que ella, en su discurso, busca poner en la palestra pública y representar como parte de ese grupo humano. Esta conclusión es obvia, al comprobar los 17 artículos que tiene el decreto, ya que en estos se puede ver que solo los artículos 3, 4, 5, 8, 13, están enfocados directamente en la región pacífica. Y al verificar al detalle el resto, uno puede encontrar que los artículos 2, 6, 7, y 14 están enfocados en los grupos étnicos, y los artículos 9, 10, 11 y 12 están enfocados en temas e inclusión de género, discapacidad, orientación e identidad sexual. Por último, los artículos 1, 15, 16 y 17 son generales y se enmarcan en la atención y creación de los elementos necesarios para avanzar hacia una igualdad real para las comunidades. Dos tercios de los decretos están directamente enfocados en el uso de “les, las y los NADIES”, temática que, en campaña, la hoy vicepresidente Francia, propuso colocar en el centro de su gobierno.


 

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